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OBJETO:
Convocatoria para el ejercicio 2024 de subvenciones para la realización de proyectos de formación profesional y empleo en el seno de la empresa de las líneas 1,2,3,4 y 6, contempladas en la Orden 130/2024, de 1 de agosto, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de formación profesional y empleo en el seno de la empresa.
Este programa de formación profesional dual pretende promover el acceso al mercado de trabajo de personas desempleadas incluidos en alguno de los colectivos recogidos en las líneas 1,2,3,4 y 6.
Para ello, se promueve su contratación desde el inicio del proyecto, con un contrato de formación en alternancia, combinando una formación conducente a la obtención de un certificado profesional o contenidos formativos autorizados por la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral, con el 65% de trabajo efectivo en las empresas adheridas participantes.
BENEFICIARIOS:
a) Las entidades promotoras definidas en el artículo 7.1.a) de la Orden 130/2024, de 1 de agosto, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, para las subvenciones en concepto de formación y gestión y, en su caso, de personal de apoyo necesario a la actividad profesional.
b) Las empresas adheridas definidas el artículo 7.1.b) de la Orden 130/2024, de 1 de agosto, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, para las subvenciones en concepto de tutorización y contratación.
c) El alumnado participante en la fase de previa de formación prevista en el artículo 5 de la Orden 130/2024, de 1 de agosto, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, que tendrá derecho a la percepción de una beca en concepto de asistencia, en los términos recogidos en el artículo 32 de la citada orden.
LÍNEAS DE SUBVENCIÓN CONVOCADAS:
Línea 1. Dual Verde. Proyectos dirigidos a población de zonas escasamente pobladas, en riesgo de despoblación o intermedia agrícola. Compromiso de contratación del 20% del alumnado participante.
Línea 2. Escuelas profesionales. Proyectos dirigidos a personas jóvenes inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Compromiso de contratación del 25% del alumnado participante.
Línea 3. Nuevas oportunidades. Proyectos dirigidos a personas mayores de 50 años. Compromiso de contratación del 20% del alumnado participante.
Línea 4. Nuevo Crea. Proyectos dirigidos a personas con dificultades de inserción socio-laboral. Compromiso de contratación del 10% del alumnado participante.
Línea 6. Oficios. Proyectos dirigidos a las áreas formativas de oficios y sectores tradicionales. Compromiso de contratación del 20% del alumnado participante .
GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍAS DE LA SUBVENCIÓN:
- Subvención en concepto de formación: conforme a los módulos establecidos en el anexo I de la Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
- Subvención en concepto de gestión: 25% de costes de formación sin incluir, en su caso, el importe subvencionado correspondiente a la fase previa del proyecto.
- Subvención en concepto de contratación de personal de apoyo a la actividad profesional en proyectos dirigidos a colectivos vulnerables de atención prioritaria: 131,26 € por persona trabajadora y día laborable.
- Subvención en concepto de tutorización de la actividad profesional del alumnado en la empresa: se subvencionará con una cuantía de 1,5 € por alumno/a y hora de tutoría con un máximo de 40 horas por mes y alumno/a.
- Subvención en concepto de contratación del alumnado trabajador: 100% del salario mínimo interprofesional para la línea 3 nuevas oportunidades (mayores de 50 años) y el 85% del SMI para el resto de las líneas, junto con la totalidad de las cuotas a cargo del empleador correspondientes a la Seguridad Social establecidas para dichos contratos en su normativa específica, siempre que no estén bonificadas. La cantidad subvencionada en concepto de contratación será para la línea 3 (mayores de 50 años) de 78,43 € por trabajador y día laborable, y de 67,84 € para el resto de las líneas.
- Becas del alumnado participante: durante la fase previa de etapa formativa, el alumnado tendrá derecho a percibir una beca de asistencia por importe de 9 euros por día lectivo.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN:
- El procedimiento para la concesión de las subvenciones en concepto de formación y gestión y, en su caso, de apoyo a la actividad profesional, se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. (Consultar punto quinto DOCM: 02/10/24).
- El procedimiento para la concesión de las subvenciones en concepto de contratación de formación en alternancia y tutorización, asociadas ambas a las empresas adheridas de todas las líneas, se llevará a cabo mediante el procedimiento simplificado de concurrencia. (Consultar punto quinto DOCM: 02/10/24).
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de hasta el 4 de noviembre de 2024.
LUGAR DE PRESENTACIÓN:
Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)
MARCO LEGAL:
DOCM: 02/10/24 Resolución de 24/09/2024, de la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de formación profesional y empleo en el seno de la empresa (líneas 1, 2, 3, 4 y 6), para el año 2024.
DOCM: 09/08/24 Orden 130/2024, de 1 de agosto, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de formación profesional y empleo en el seno de la empresa
