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FECHA DE PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN:
Miércoles 02 de julio de 2025.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
OBJETO:
Convocar la concesión de subvenciones para el ejercicio 2025, para la realización de acciones de formación profesional en el ámbito laboral para personas trabajadoras ocupadas (Modalidad I).
DESTINATARIOS:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las entidades de formación, públicas o privadas, que cumplan los requisitos de acreditación e inscripción en el Registro de entidades, en su caso, conforme a la normativa vigente de Formación Profesional en el ámbito laboral.
Podrán tener la condición de beneficiarias de las subvenciones las agrupaciones contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, con presencia en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.2 de la de la Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
Las empresas que faciliten la realización de prácticas profesionales no laborales podrán ser beneficiarias de las compensaciones económicas en los términos previstos en los artículos 37 y 38 de la Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
FINANCIACIÓN Y CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES:
Las subvenciones que se convocan al amparo de la presente resolución se financiarán con fondos finalistas del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, destinándose un importe total máximo de 10.907.000,00 euros.
La cuantía máxima de subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos/as y por el importe del módulo correspondiente.
CRITERIOS:
Consultar la disposición undécima de la convocatoria.
LUGAR DE PRESENTACIÓN:
Las entidades que deseen acceder a las subvenciones que contempla esta convocatoria, podrán presentar la solicitud mediante el envío telemático de los datos, con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es ). Al presentarse de esta forma, los documentos originales serán digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.
Enlace a solicitud: https://www.jccm.es/tramites/1017461
SERÁN SUBVENCIONABLES LAS SIGUIENTES ACCIONES FORMATIVAS:
Serán subvencionables los programas formativos que incluyan especialidades formativas del Catálogo de Especialidades Formativas, previstas en el artículo 25 de la Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, que se clasifican en:
a) Acciones conducentes a la obtención de los certificados profesionales referidos al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Se podrán programar acciones formativas que estén constituidas por los módulos de formación correspondientes a una o varias de las unidades de competencia que integran el certificado profesional.
b) Otras especialidades formativas no dirigidas a la obtención de los certificados profesionales.
PLAZOS DE EJECUCIÓN DE LAS ACCIONES FORMATIVAS:
Los plazos de ejecución de los programas formativos subvencionados al amparo de la presente resolución se establecen en función del número de horas totales de cada programa, y serán los siguientes:
a) Los programas formativos cuya duración, considerada la suma del total de las horas de las acciones formativas que lo conforman, sea inferior o igual a 400 horas, deberán finalizar como máximo el 30 de julio de 2026.
b) Los programas formativos cuya duración, considerada la suma total de las horas de las acciones formativas que lo conforman, sea superior a 400 horas, deberán finalizar como máximo el 30 de septiembre de 2026.
MARCO LEGAL:
DOCM: 20/11/20 Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en materia de programación, gestión y evaluación de la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral en Castilla-La Mancha y por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas para su realización.
DOCM: 02/07/2025 Resolución de 25/06/2025, de la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional en el ámbito laboral, dirigidas a personas trabajadoras ocupadas (modalidad I), para la anualidad 2025. Extracto BDNS (Identif.): 842569. [2025/5317]
